Se abre el plazo de consulta previo a la aprobación de una nueva ordenanza reguladora del uso de patinetes eléctricos


Las personas, organizaciones y entidades interesadas tienen un plazo de quince días para realizar aportaciones a la elaboración de dicha ordenanza sobre los VMP en nuestra ciudad.

Debido a que en los últimos años Yecla está experimentando un cambio en la forma de movilidad y va en aumento el uso de patinetes eléctricos, ya sea de uso particular o de uso empresarial, la Concejalía de Policía Local ha venido trabajando en la elaboración de un borrador de una nueva ordenanza municipal reguladora del uso y circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) y de los patines, monopatines, patinetes y similares no motorizados.

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 27 de mayo, aprobaba abrir un periodo de consulta pública con carácter previo a la elaboración de este proyecto de ordenanza municipal reguladora sobre los VMP o patinetes eléctricos.

Desde hoy, 3 de junio de 2025 y en un plazo de quince días, todos aquellas personas, organizaciones y entidades interesadas pueden hacer llegar sus opiniones y aportaciones para la elaboración de dicha ordenanza reguladora. Se puede realizar mediante presentación en el registro de entrada del Ayuntamiento, en el email registro@yecla.es o a través de la sede electrónica https://yecla.sedipualba.es/.

Definición precisa, obligatoriedades y multas de hasta 500 euros

Uno de los propósitos de la ordenanza es definir con exactitud cuáles son los vehículos de movilidad personal (VMP) a los que esta es de aplicación. Son aquellos vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos que alcanzan una velocidad entre 6 y 25 km/h. Se excluyen de la definición los vehículos para personas con movilidad reducida, los vehículos para circular fuera de las vías públicas o de competición, bicicletas eléctricas o vehículos que no sobrepasen los 6 km/h, entre otros.

El concejal de Policía Local, Pedro Lorenzo, ha resaltado algunas particularidades de esta ordenanza que es bastante amplia en cuanto a capítulos y disposiciones. Entre ellas:

– Se establece una edad mínima de uso de estos vehículos de 16 años, aunque se puede adelantar a 15 años si el menor cuenta con el carnet de conducir de clase AM para ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros de máximo 50 cc.

– Se establece como obligatorio el uso del casco de protección homologado y correctamente abrochado y se recomienda el uso de chaleco reflectante, siendo este obligatorio durante la noche o cuando cuando existan condiciones ambientales que disminuyan la visibilidad.

– En cuanto a la circulación, se prohíbe circular por las aceras y zonas peatonales, se prohíbe circular dos personas o más en un VMP, circular en paralelo, agarrarse a otros vehículos en marcha o ser remolcados por estos, etc.

– Se establece como obligatorio, tanto para particulares como para empresas en el ejercicio de su actividad económica, un Seguro de Responsabilidad Civil con el que cubrir los daños que se puedan ocasionar ante un accidente de tráfico.

– Se establecen infracciones que van de leves a muy graves con sanciones desde los 100 hasta los 500 euros.

El objetivo de esta nueva ordenanza, ha explicado el concejal de Policía Local, es que “este nuevo tipo de vehículos confluya con los ya existentes ciclomotores, coches y demás, facilitando la seguridad vial de los vehículos, pero sobre todo, principalmente, la seguridad vial de los peatones”.

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